Sedatebne exhorta a organismos públicos a cumplir con la Ley de Timbres Fiscales

El Servicio Desconcentrado de Administración Tributaria del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Sedatebne, exhorta a todos los órganos del poder público nacional, estadal y municipal a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Timbres Fiscales publicada en Gaceta Oficial E-5.518 del 11 de abril de 2022, en relación al deber que tienen de exigir, timbre fiscal (estampillas) a los contribuyentes por los servicios prestados por trámites, certificaciones y licencias establecidas en la ley.

Omar Veracierto, superintendente Tributario de la región insular invita también a los entes a dar cumplimiento al rol que como agentes de retención del impuesto del 1%, en las operaciones establecidas, están obligados, la cual indica que debe ser retenido a favor de la Gobernación del estado Nueva Esparta, por las órdenes de pago emitidas a favor de contratistas por la ejecución de obras o servicios prestados al sector público que se efectúen.

En este sentido, Veracierto manifestó que de acuerdo a los artículos 6 y 7 de la antes mencionada ley se establece como responsable al funcionario público que de curso a los documentos sin el respectivo timbre fiscal siendo garante por el tributo omitido.

“Ejemplos claros e intención del trabajo conjunto en favor de Nueva Esparta han mostrado en el marco de sus atribuciones legales el presidente de la República, Nicolás Maduro y el gobernador del Estado, Morel Rodríguez Ávila, los cuales deben servir de ejemplo para los funcionarios de la administración pública que hacemos vida en esta entidad insular” dijo el superintendente Tributario de la entidad.

Asimismo, señaló que no se excluye el artículo 52 que indica sobre las multas que ocasiona el retraso en la cancelación de los tributos como contribuyentes, agentes de retención, según sea el caso, y que igual sean susceptibles a las sanciones adicionales del artículo 53, tipificados en la reforma de la Ley de Timbres Fiscales del estado Bolivariano de Nueva Esparta, y aquellos que además estén establecidos en el Código Orgánico Tributario de manera supletoria.

Para finalizar enfatizó que la finalidad radica en hacer más eficaz y expedita, la gestión tributaria regional en aras de fortalecer los anhelos de mejoramiento, rescate económico y social del estado Nueva Esparta.

Prensa Sedatebne

Redacción: Francis Moreno / CNP: 24.968

Foto: Rebecca Alfonzo

 

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